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Acuerdo de distribuidores

Última actualización: 30 de octubre de 2026

Resumen de las condiciones que rigen la relación con los distribuidores y técnicos autorizados de Bify. El acuerdo completo se firma antes de activar tu cuenta de canal; solo con ese acuerdo vigente existe el derecho a revender o instalar Bify a terceros con fines de lucro.

1. Relación independiente

El distribuidor actúa en nombre y por cuenta propia, como comerciante independiente. Este acuerdo no crea relación laboral, sociedad, agencia ni mandato con Bify: no hay vínculo laboral ni subordinación, y el distribuidor no puede obligar al Titular ni firmar en su nombre.

2. No exclusividad

El nombramiento como distribuidor o técnico autorizado es no exclusivo. Bify puede vender directamente, nombrar otros distribuidores en el mismo territorio y modificar sus canales. El distribuidor no adquiere clientela, fondo de comercio ni derecho de preferencia sobre el territorio o los clientes finales.

3. Comisiones y precios (referenciales)

Las comisiones y porcentajes (por ejemplo, el 20–30% del primer año que se menciona en la web) son referenciales y no constituyen una oferta vinculante: dependen del volumen y de la lista vigente, y se fijan en el acuerdo al momento de la firma. El distribuidor adquiere licencias a precio mayorista y fija libremente su precio de reventa, facturando sus servicios bajo su exclusiva responsabilidad y con sus propias obligaciones fiscales.

4. Sin promesas fiscales no aprobadas

El distribuidor no declarará ni insinuará que Bify está homologado por el SENIAT, que emite facturas con validez fiscal o que sustituye máquinas o imprentas fiscales, salvo que el Titular lo comunique por escrito. Solo se permite el lenguaje comercial que el Titular apruebe por escrito.

5. Instalación y datos de clientes finales

El distribuidor instala conforme a la documentación oficial, explica el riesgo de pérdida de datos por cifrado atado al equipo, configura respaldos y protege las credenciales de los clientes finales. Trata los datos personales que conozca solo para prestar el servicio, sin cederlos, conforme al artículo 28 de la Constitución y a la Política de Privacidad.

6. Marca y propiedad intelectual

El Titular concede una autorización limitada, no exclusiva, revocable e intransferible para usar la marca “Bify” solo como distribuidor o técnico autorizado, con los materiales aprobados. Queda prohibida la ingeniería inversa, la modificación del software y todo uso de la marca que sugiera oficialidad exclusiva o capacidades no aprobadas.

7. Independencia fiscal y laboral

El distribuidor es responsable de sus propios registros, tributos (IVA, ISLR, retenciones), personal y obligaciones parafiscales. Nada en el acuerdo hace al Titular patrono, socio ni codeudor del distribuidor.

8. Vigencia y ley aplicable

El acuerdo tiene vigencia determinada y puede terminarse con aviso o de inmediato por incumplimiento grave. Se rige por las leyes de la República Bolivariana de Venezuela y se somete a sus tribunales competentes, salvo acuerdo de arbitraje o mediación.

¿Quieres el acuerdo completo? Escríbenos a hola@bify.cc y lo revisamos contigo antes de firmar.